- Contactar a un detenido
- Información jurídica y sobre el proceso
- Horario de Visitas
- Envíos para los detenidos
- Los Medios de Comunicación y la Prensa
- FOIA
- Observaciones y Reclamos
Si usted necesita información acerca de un detenido que está hospedado en este centro, puede llamar al (603) 742-3310 entre las horas de 8 a.m. y 4 p.m. Cuando llame, por favor tenga lista la información biográfica del individuo, incluyendo el nombre, apellido y apellidos compuestos, cualquier alias que él/ella use, la fecha de nacimiento y el país de origen.
Los detenidos no pueden recibir llamadas. Si usted necesita contactar a un detenido para dejarle un mensaje urgente, debe llamar al (603) 742-3310 y dejar el nombre completo del detenido, su número de extranjero y el nombre de usted y el número al cual se le puede contactar. Su mensaje se le dará al detenido.
Tribunal de Inmigración
Para información acerca de un asunto ante el tribunal de inmigración, usted puede llamar al 1-800-898-7180 para hablar directamente con ellos. Las solicitudes de exención de remoción y otras solicitudes requeridas por el juez de inmigración deben presentarse directamente en el tribunal de inmigración.
Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés)
Para información acerca de un asunto ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), usted puede llamar al (703) 605-1007 donde podrá obtener información automatizada o hablar con un representante durante horas laborables.
Haga clic en el enlace para una lista de representantes gratis al nivel nacional que podrían asistirle.
Para pagar un Bono de Entrega
Los bonos de entrega se emiten cuando una persona ha sido tomada bajo la custodia de ICE y puesta en procedimientos de deportación mientras está en los Estados Unidos. La persona que paga el bono debe presentar una prueba de identidad valida (identificación con foto emitida por el gobierno, pasaporte, identificación militar, tarjeta LPR, licencia de conducir, etc.). Esta persona (el deudor) es responsable de garantizar que el extranjero se presente ante un oficial o representante de esta agencia siempre que se solicite.
Los bonos para extranjeros detenidos por ICE pueden pagarse en las oficinas de aceptación de bonos de ICE ERO en todo el país, de lunes a viernes (excepto días feriados) entre las 9 a.m. y las 3 p.m., hora local. Para obtener una lista de las oficinas de aceptación de bonos de ICE ERO más cercanas a usted o para obtener información sobre bonos, haga clic aquí. Debe tener el apellido del detenido y el número de registro del extranjero antes de llamar. Formas aceptables de pago para pagar un bono son giros postales, cheques de caja o cheques certificados. En todos los bonos de $10,000 o más, el único método de pago aceptado es un solo cheque de caja o cheque certificado. Deben hacerse pagaderos a "U.S. Department of Homeland Security" o "Immigration and Customs Enforcement."
Presentar un formulario G-28
Formularios G-28 presentados en nombre de no ciudadanos detenidos en esta instalación ahora pueden ser aceptados a través de la plataforma en línea ERO eFile. El personal de la instalación no tendrá acceso a ERO eFile en este momento; representantes legales deben descargar copias de sus formularios G-28 presentados para cualquier visita legal en persona o remota.
Visitas de Amigos y Familiares
Las horas de visita son generalmente disponibles todos los días, pero se asignan según la ubicación detenido dentro de la instalación. Por favor llame a la instalación en (603) 742-3310 para determinar el suyo que visitan específicos para el detenido con el que se desea visitar.
Los visitantes adultos deben presentar una identificación otorgada por el gobierno que sea válida y verificable para ingresar al centro.
Los menores que visiten el centro deben ser acompañados por un guardián adulto (18 años o mayor). Los menores no podrán ser dejados sin acompañamiento en la sala de espera, la sala de visitas o cualquier otra área.
Visitas de Abogados
Los representantes legales de los detenidos están autorizados para visitar a sus clientes durante el siguiente horario:
Abogados y / o asistentes legales pueden visitar a los detenidos en cualquier momento.
Una lista de organizaciones legales pro bono (gratis) será publicada en todas las unidades de hospedamiento de detenidos y otras áreas apropiadas. Esta lista será actualizada trimestralmente. Si un detenido desea ver a un representante o asistente legal de esa organización, es el deber del detenido contactarlo para una cita.
Visitas Consulares
Los oficiales consulares pueden verse con sus compatriotas detenidos en cualquier momento. Se pide que, dentro de lo posible, los arreglos se hagan anticipadamente con el Oficial Supervisor de Deportación de ICE y que los oficiales consulares traigan credenciales apropiadas cuando vengan al centro. El Oficial Supervisor de Deportación de ICE de este centro puede ser contactado al (781) 359-7500.
Visitas del Clero
El clero puede visitar a los detenidos en cualquier momento, pero debe hacer los arreglos anticipadamente con la Oficina del Capellán.
Restricciones a las Visitas
- Todas las visitas familiares u otras visitas sociales son de no-contacto.
- No se permiten armas de fuego o armas de cualquier otro tipo en el centro.
- Si los visitantes están o aparentan estar ebrios, la visita no se permitirá.
- Todos los visitantes están sujetos a ser inspeccionados mientras estén en el centro.
- A los visitantes no se les permite pasar o intentar pasar cualquier objeto a los detenidos.
- A los visitantes no se les permite llevar ningún objeto al área de visitas.
Procedimientos de Inspección (antes o durante todas las visitas)
Todos los individuos que soliciten ser admitidos al centro o al área de visitas están sujetos a un cateo de su persona, una inspección de sus pertenencias, y una inspección para detectar metales. Los individuos que se rehúsen a cooperar con una inspección razonable no serán admitidos. No se permiten las armas de fuego o de cualquier otro tipo. No se permiten los dispositivos electrٕónicos (telefónos celulares, buscapersonas, radios, etc.) en las áreas seguras del centro.
Las cartas enviadas a los detenidos deben incluir los últimos cuatro dígitos del número de extranjero del detenido (número de expediente), más el nombre y la dirección del remitente. Para mejorar la seguridad del centro, toda correspondencia entrante está sujeta a una revisión de contrabando. No se lee la correspondencia al abrirla, tan solo es inspeccionada por el oficial de entrega. Los detenidos pueden enviar correspondencia desde el centro. Los detenidos pueden sellar sus cartas salientes y ponerlas en el recipiente proveído. Toda correspondencia entrante será entregada al detenido y la correspondencia saliente será enviada a la oficina postal apropiada dentro de 24 horas de ser recibida por los empleados del centro. Un horario de recogida y entrega de correspondencia está publicado en todas las unidades de hospedaje.
A los detenidos se les permite comprar estampillas para usar. Generalmente, no hay límite en cuanto a la cantidad de correspondencia que un detenido puede enviar a costo propio. Los detenidos indigentes (los que no tienen medios financieros para mantenerse y no tienen fondos en su cuenta del centro) serán proveídos con un subsidio para el franqueo a costo del gobierno.
Cuando los detenidos salen del centro o son transferidos a otro centro, solamente su correspondencia legal será reenviada. A la correspondencia general se le pondrá “Devolver al Remitente" y será devuelta a la oficina de correo.
Si los detenidos reciben fondos por el correo, estos serán llevados al área de procesamiento para que el dinero sea depositado en su cuenta. El oficial de procesamiento proveerá un recibo por todos los fondos recibidos. Se les advierte a los detenidos para que no se les envíe dinero en efectivo por el correo.
Los detenidos pueden recibir artículos considerados como de necesidad sólo para propósitos de viaje o liberación de la custodia de la agencia con la aprobación del Oficial de Deportación de ICE. Antes de enviarle un paquete a un detenido,
En contacto con el Oficial de Deportación detenido en 781-359-7500
Note que a los detenidos en proceso de expulsión de los Estados Unidos se les permite una pequeña pieza de equipaje. Si un detenido no tiene ese equipaje, se le puede enviar/entregar ese equipaje después de haber recibido la aprobación del Oficial Supervisor de Deportación. Por razones de seguridad, ningún dispositivo electrónico (teléfonos celulares, rasuradoras eléctricas, computadoras laptop, radios, etc.) será aceptado.
La instalación tiene una responsabilidad de proteger la privacidad y otros derechos de los detenidos y miembros del personal. Por tanto, las entrevistas serán reguladas para garantizar la operación ordenada y segura de la instalación. Típicamente, entrevistas para la televisión o radio en vivo no serán permitidas en la instalación. Para preguntas de la prensa sobre actividades, operaciones o políticas de ICE, contacte a la Oficina de Relaciones Públicas de ICE: ICEMedia@ice.dhs.gov.
Entrevistas Personales
Un representante de un medio de comunicación que desee entrevistar a un detenido debe solicitarlo por escrito a la Oficina Local de Boston, Oficina de Cumplimiento y Expulsión, indicando familiaridad con y consentimiento a cumplir con las reglas y regulaciones del centro, tal como han sido proveídas a esa persona por los empleados.
Consentimiento del Detenido
Un detenido tiene el derecho de no ser entrevistado, fotografiado o grabado por los medios de comunicación. Antes de entrevistar, fotografiar o grabar la voz de un detenido, un representante visitante de los medios de comunicación debe obtener un permiso por escrito de ese individuo.
Toda solicitud de FOIA [Ley de Libertad de Información] y de la Ley de Privacidad debe ser entregada en el formulario G-639 (solicitud de Libertad de Información / Ley de Privacidad) o en forma de carta. Todas las solicitudes deben contener la forma notarizada original del sujeto en cuestión. Favor de llenar el formulario G-639 completamente y si está escribiendo una carta, asegúrese de incluir el nombre completo, cualquier otro nombre que use, la fecha de nacimiento, el lugar de nacimiento, y el número de extranjero respecto al cual usted busca información, así como el nombre completo, la dirección y el número de teléfono de usted, para que podamos contactarlo si tenemos alguna pregunta.
Envíe sus solicitudes de FOIA o Ley de Privacidad al:
U.S. Immigration and Customs Enforcement
Freedom of Information Act Office
800 North Capitol Street, NW, Room 585
Washington, D.C. 20536
Phone – 1-866-633-1182
Email – ICE-FOIA@dhs.gov
Nos esforzamos por proveer un servicio de calidad a las personas en nuestra custodia, sus familias, amigos, a sus representantes oficiales. Si usted cree que no hemos cumplido con este compromiso, queremos saberlo. Si hemos cumplido con o excedido sus expectativas, favor de dejarnos saber también. Para comentar acerca de los servicios proveídos en esta oficina, favor de escribir a:
Field Office Director, Enforcement and Removal Operations
U.S. Immigration and Customs Enforcement
1000 District Ave.
Burlington, MA 01803
Si usted piensa que un empleado de ICE o un empleado de los servicios contratados lo ha maltratado y desea poner una queja de mala conducta, puede:
Contactar al Director de la Oficina Local:
Field Office Director, Enforcement and Removal Operations
U.S. Immigration and Customs Enforcement
1000 District Ave.
Burlington, MA 01803
(781) 359-7500
Escríbale a la Oficina de Responsabilidad Profesional:
Director, Office of Professional Responsibility
U.S. Immigration and Customs Enforcement
500 12th Street, SW
Suite 1049
Mailstop 5099
Washington, DC 20536-5005
Contacte al Centro de Coordinación de Integridad (ICC, por sus siglas en inglés):
1-833-4ICE-OPR
ICEOPRIntake@ice.dhs.gov
También puede contactar al Departamento de Seguridad Nacional, Oficina del Inspector General:
DHS Office of Inspector General
Attn: Office of Investigations - Hotline
245 Murray Drive, Building 410 Stop: 2600
Washington, DC 20528
Número de Teléfono: 1-800-323-8603
Fax: 202-254-4292
DHSOIGHOTLINE@DHS.GOV