- Contactar a un detenido
- Información jurídica y sobre el proceso
- Horario de Visitas
- Envíos para los detenidos
- Los Medios de Comunicación y la Prensa
- FOIA
- Observaciones y Reclamos
Si usted necesita información acerca de un detenido que está hospedado en este centro, puede llamar al (580) 362-3393 las 24 horas al día. Cuando llame, por favor tenga lista la información biográfica del individuo, incluyendo el nombre, apellido y apellidos compuestos, cualquier alias que él/ella use, la fecha de nacimiento y el país de origen.
Los detenidos no pueden recibir llamadas. Si usted necesita contactar a un detenido para dejarle un mensaje urgente, debe llamar al (580) 362-3393 y dejar el nombre completo del detenido, su número de extranjero y el nombre de usted y el número al cual se le puede contactar. Su mensaje se le dará al detenido.
Tribunal de Inmigración
Para información acerca de un asunto ante el tribunal de inmigración, usted puede llamar al 1-800-898-7180 para hablar directamente con ellos. Las solicitudes de exención de remoción y otras solicitudes requeridas por el juez de inmigración deben presentarse directamente en el tribunal de inmigración.
Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés)
Para información acerca de un asunto ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), usted puede llamar al (703) 605-1007 donde podrá obtener información automatizada o hablar con un representante durante horas laborables.
Oprime en el enlace para una lista de representantes gratis al nivel nacional que podrían asistirle.
Para pagar una fianza de salida o de entrega
Estas fianzas se pagan cuando una persona ha sido puesta en procedimientos de remoción mientras se encuentra aún en los Estados Unidos. La persona que pone el dinero de la fianza debe mostrar prueba de su identidad (una identificación con foto que sea válida y otorgada por el gobierno, un pasaporte, una identificación militar, una tarjeta de residencia permanente legal, una licencia de conducir, etc.). Esta persona (el obligado) es responsable de asegurar que el extranjero se presente ante un oficial o agente de esta agencia cuando así se le pida. Para información acerca de las fianzas, favor de llamar al (816) 880-5000 y pida hablar con el Oficial de Deportación a cargo del caso. Deberá tener el apellido del detenido y su número de extranjero antes de llamar.
Las fianzas para los extranjeros detenidos por ICE pueden pagarse en los Centros de Aceptación de Fianzas al nivel nacional, de lunes a viernes (excepto los días feriados) entre las horas de 9 a.m. y 3 p.m., hora local. Para una lista de Centros de Aceptación de Fianzas, oprima aquí. Las formas aceptables de pago son giro bancario, cheque certificado o de cajero. Para todas las fianzas que sean más de $10.000, las únicas formas de pago aceptables son los cheques certificados o de cajero. Estos deben ser pagaderos a favor de “U.S. Department of Homeland Security” o “Immigration and Customs Enforcement.”
Presentar un formulario G-28
Formularios G-28 presentados en nombre de no ciudadanos detenidos en esta instalación ahora pueden ser aceptados a través de la plataforma en línea ERO eFile. El personal de la instalación no tendrá acceso a ERO eFile en este momento; representantes legales deben descargar copias de sus formularios G-28 presentados para cualquier visita legal en persona o remota.
Visitas de Amigos y Familiares
Lunes – Sabado: 9 a.m. – 2:30 p.m. CST
Visitas de Abogados
Los representantes legales de los detenidos están autorizados para visitar a sus clientes durante el siguiente horario:
Abogados y/o paralegales pueden visitar a los detenidos los siete días a la semana durante el siguiente horario:
Lunes – Viernes: 8 a.m. – 11 p.m. y 1 p.m. – 4 p.m. CST, excluyendo los días festivos.
Una lista de organizaciones legales pro bono (gratis) será publicada en todas las unidades de hospedamiento de detenidos y otras áreas apropiadas. Esta lista será actualizada trimestralmente. Si un detenido desea ver a un representante o asistente legal de esa organización, es el deber del detenido contactarlo para una cita.
Visitas virtuales de abogados | Videoconferencia
Representantes legales pueden solicitar reuniones por videoconferencia (VTC, por sus siglas en inglés) o llamadas legales confidenciales con sus clientes o clientes potenciales mediante el correo electrónico vtc.assistant@kaycountydc.net. El funcionario receptor le contestará por correo electrónico con una fecha y horario confirmado. Por favor, vea el folleto para más detalles.
El correo electrónico debe incluir:
- El nombre completo del representante legal
- Información de contacto del representante legal, incluyendo número(s) de teléfono, dirección de correo electrónico, además de información de cuentas de Microsoft Teams, Skype, Zoom y Meet
- Nombre del detenido
- Número de extranjero (alien number) del detenido
- Varios horarios/fechas propuestas para la visita legal virtual solicitada
- Una copia escaneada de identificación emitida por el gobierno del representante legal
- Una copia escaneada de la identificación o documentación del representante legal reflejando su estatus como un representante legal activo, tal como la tarjeta del colegio de abogados estatal, licencia de abogado, licencia de asistente jurídico u otro estatus legal similar.
- Una copia escaneada del formulario G-28 del DHS del abogado (a menos que esta sea una sesión previa a representación)
- Si un asistente jurídico es el único representante legal que se unirá a la llamada, el correo electrónico también debe tener adjunto una carta de autorización con encabezado del bufete/organización y una copia escaneada de la identificación del asistente jurídico.
Representantes legales también pueden programar reuniones VTC o llamadas marcando el (580) 362-3393. Todas las citas para VTC o llamadas deben ser programadas 24 horas antes del horario deseado para la cita. Las citas son programadas de 9 a.m. - 2:30 p.m. y en bloques de 30 a 60 minutos. Los representantes legales no están limitados al número de citas para VTC que pueden solicitar, pero no se le permite a ningún representante legal una cita de más de 60 minutos de duración en un solo día con un detenido.
Las mismas directrices para visitas abogado/cliente en persona aplicarán a reuniones VTC y llamadas legales. Sólo representantes legales, asistentes jurídicos e intérpretes serán permitidos; ningún familiar o amigo del cliente es permitido. El/la abogado(a) y/o sus agentes pueden contactar a servicios de interpretación externos durante la llamada o sesión. Las sesiones serán confidenciales; un oficial de visitas estará estacionado fuera del cuarto confidencial para garantizar la seguridad al estar parado fuera del alcance de escucha, pero a la vista. El oficial tocará la puerta 5 minutos antes del tiempo límite.
Visitas Consulares
Los oficiales consulares pueden verse con sus compatriotas detenidos en cualquier momento. Se pide que, dentro de lo posible, los arreglos se hagan anticipadamente con el Oficial Supervisor de Deportación de ICE y que los oficiales consulares traigan credenciales apropiadas cuando vengan al centro.
Visitas del Clero
El clero puede visitar a los detenidos en cualquier momento, pero debe hacer los arreglos anticipadamente con la Oficina del Capellán.
Restricciones a las Visitas
- Los visitantes adultos deben presentar una identificación otorgada por el gobierno que sea válida y verificable para ingresar al centro de detención.
- Los menores que visiten el centro de detención tienen que ser acompañados bajo la custodia de un adulto (18 años o mayor). Los menores no podrán ser dejados sin acompañar en la sala de espera, la sala de visitas, o cualquier otra área del centro de detención.
- Todas las visitas familiares u otras visitas sociales son de no-contacto.
- No se permiten armas de fuego o armas de cualquier otro tipo en el centro de detención.
- Si los visitantes están o aparentan estar ebrios, la visita no se permitirá.
- Todos los visitantes están sujetos a ser registrados mientras estén en el centro.
- A los visitantes no se les permite pasar o intentar pasar cualquier objeto a los detenidos.
- A los visitantes no se les permite llevar ningún objeto al área de visitas.
Procedimientos de Registro (antes o durante todas las visitas)
Todas las personal que soliciten ser admitidas al centro o al área de visitas están sujetas a un registro de su persona, una inspección de sus pertenencias, y una inspección para detectar metales. Las personas que rehúsen a cooperar con un registro razonable no serán admitidas. No se permiten las armas de fuego o de cualquier otro tipo. No se permiten aparatos electrٕónicos (telefónos celulares, buscapersonas, radios, etc.) en las áreas seguras del centro.
Las cartas enviadas a los detenidos deben incluir los últimos cuatro dígitos del número de extranjero del detenido (número de expediente), más el nombre y la dirección del remitente. Para mejorar la seguridad del centro de detención, toda correspondencia entrante está sujeta a una revisión de contrabando. No se lee la correspondencia al abrirla, tan solo es inspeccionada por el oficial de entrega. Los detenidos pueden enviar correspondencia desde el centro de detención. Los detenidos pueden sellar sus cartas salientes y ponerlas en el recipiente proveído. Toda correspondencia entrante será entregada al detenido y la correspondencia saliente será enviada a la oficina postal apropiada dentro de 24 horas de ser recibida por los empleados del centro de detención. Un horario de levantar y entregar correspondencia está publicado en todas las unidades de hospedaje.
A los detenidos se les permite comprar estampillas para mandar correspondencia. Generalmente, no hay límite en cuanto a la cantidad de correspondencia que un detenido puede enviar a costo propio. Los detenidos indigentes (los que no tienen medios financieros para mantenerse y no tienen fondos en su cuenta del centro de detención) serán proveídos con un subsidio para el franqueo a costo del gobierno.
Cuando los detenidos salen del centro de detención o son transferidos a otro centro de detención, solamente su correspondencia legal transferida. A la correspondencia general se le pondrá “Devolver al Remitente" y será devuelta a la oficina de correo.
Si los detenidos reciben fondos monetarios por el correo, estos serán llevados a el área de procesamiento para que el dinero sea depositado en su cuenta. El oficial de procesamiento proveerá un recibo por todos los fondos monetarios recibidos. Se les advierte a los detenidos para que no se les envíe dinero en efectivo por el correo.
Los detenidos pueden recibir artículos considerados de necesidad sólo para propósitos de viaje o liberación de la custodia de la agencia con la aprobación del Oficial de Deportación de ICE. Antes de enviarle un paquete a un detenido, avise a:
Kay County Detention Center
1101 West Dry Road
Newkirk, OK 74647
(580) 362-3393
Note que a los detenidos en proceso de expulsión de los Estados Unidos se les permite una pequeña pieza de equipaje. Si un detenido no tiene equipaje, usted le puede enviar/entregar equipaje (no más de 40 libras) después de haber recibido la aprobación del Supervisor Oficial de Deportación. Por razones de seguridad, ningún aparato electrónico (teléfonos celulares, rasuradoras eléctricas, computadoras laptop, radios, etc.) será aceptado.
La instalación tiene una responsabilidad de proteger la privacidad y otros derechos de los detenidos y miembros del personal. Por tanto, las entrevistas serán reguladas para garantizar la operación ordenada y segura de la instalación. Típicamente, entrevistas para la televisión o radio en vivo no serán permitidas en la instalación. Para preguntas de la prensa sobre actividades, operaciones o políticas de ICE, contacte a la Oficina de Relaciones Públicas de ICE: ICEMedia@ice.dhs.gov.
Entrevistas Personales
Un representante de un medio de comunicación que desee entrevistar a un detenido debe solicitarlo por escrito a la Oficina del Distrito de Chicago, Enforcement and Removal Operations, indicando familiaridad con y consentimiento a cumplir con las reglas y regulaciones del centro de detención, tal como han sido proveídas a esa persona por el personal.
Consentimiento del Detenido(a)
Un detenido tiene el derecho de no ser entrevistado, fotografiado o grabado por los medios de comunicación. Antes de entrevistar, fotografiar o grabar la voz de un detenido, un representativo visitante de los medios de comunicación debe obtener un permiso por escrito de ese individuo.
Todas las solicitudes sobre la Ley Libre Acceso a la Información y Protección de la Privacidad tienen que ser presentadas en el formulario G-639 (Solicitud a la Ley de Libre Acceso a la Información/Protección de la Privacidad) o en un formato de carta. Todas las solicitudes deben contener la firma original y ser notariadas por el individuo en cuestión. Por favor diligencie correctamente el formulario G-639 y si escribe una carta, asegúrese de incluir el nombre completo, y otros nombres que se utilizan, fecha y lugar de nacimiento, el Número de extranjero (A-Number) de la persona cuya información usted está buscando, como también su nombre completo, su dirección y su número de teléfono por si tenemos que contactarnos con usted si tenemos alguna pregunta.
Envíe su solicitud sobre la Ley de Libre Acceso a la Información y Protección de la Privacidad (FOIA) a:
U.S. Immigration and Customs Enforcement
Freedom of Information Act Office
800 North Capitol Street, NW, Room 585
Washington, D.C. 20536
Número de Teléfono: 1-866-633-1182
Correo Electrónico: ICE-FOIA@dhs.gov
Nos esforzamos por proveer un servicio de calidad a las personas en nuestra custodia, sus familias, amigos, a sus representantes oficiales. Si usted cree que no hemos cumplido con este compromiso, queremos saberlo. Si hemos cumplido con o excedido sus expectativas, favor de dejarnos saber también. Para comentar acerca de los servicios proveídos en esta oficina, favor de escribir a:
Assistant Field Office Director, Enforcement and Removal Operations
U.S. Immigration and Customs Enforcement
11125 North Ambassador Drive, Suite 100
Kansas City, MO 64153
(816) 880-5000
Si usted piensa que un empleado de ICE o un empleado de los servicios contratados lo ha maltratado y desea quejarse por mala conducta, puede comunicarse con:
Field Office Director, Enforcement and Removal Operations
U.S. Immigration and Customs Enforcement
101 W Ida B Wells Drive, Suite 4000
Chicago, Illinois 60605
(312) 347-2400
O Escríbir a la Oficina de Responsabilidad Profesional:
Director, Office of Professional Responsibility
U.S. Immigration and Customs Enforcement
P.O. Box 14475
Pennsylvania Ave, NW
Washington, D.C. 20044
Contacte al Centro de Coordinación de Integridad (ICC, por sus siglas en inglés):
1-833-4ICE-OPR
ICEOPRIntake@ice.dhs.gov
También puede contactar al Departamento de Seguridad Nacional, Oficina del Inspector General:
DHS Office of Inspector General
Attn: Office of Investigations - Hotline
245 Murray Drive, Building 410 Stop: 2600
Washington, DC 20528
Número de Teléfono: 1-800-323-8603
Fax: 202-254-4292
DHSOIGHOTLINE@DHS.GOV