- Contactar a un detenido
- Información jurídica y sobre el proceso
- Horario de Visitas
- Envíos para los detenidos
- Los Medios de Comunicación y la Prensa
- FOIA
- Observaciones y Reclamos
Si usted necesita información sobre un detenido que está alojado en este centro de detención, puede llamar al (575) 824-0440 entre las horas de 8 a.m. y 5 p.m. Cuando usted llame, por favor tenga lista toda la información biográfica del detenido, incluyendo el nombre y apellidos compuestos o algún alias que él o ella utilice, fecha y país de nacimiento.
Los detenidos no pueden recibir llamadas telefónicas. Si usted necesita contactarse con un detenido para dejar un mensaje urgente, debe llamar al (575) 824-0440 y dejar el nombre completo del detenido, el Número de extranjero (A-Number), su nombre y su número de teléfono. Se le dará el mensaje al detenido.
Tribunal de Inmigración
Para información sobre un asunto relacionado con el Tribunal de Inmigración, puede llamar al 1-800-898-7180 para comunicarse con ellos directamente. Todas las solicitudes, incluyendo la solicitud para alivio de remoción, que el juez de inmigración requiere tienen que ser presentadas directamente en el tribunal de inmigración.
Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA)
Para información sobre un asunto relacionado con la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), puede llamar al (703) 605-1007 donde puede recibir información automatizada o hablar con un representante durante el horario de trabajo.
Para obtener la lista de representantes legales que ofrecen servicios gratuitos a nivel nacional que pueden ayudarlo, pulse el enlace.
Para pagar un Bono de Entrega
Los bonos de entrega se emiten cuando una persona ha sido tomada bajo la custodia de ICE y puesta en procedimientos de deportación mientras está en los Estados Unidos. La persona que paga el bono debe presentar una prueba de identidad valida (identificación con foto emitida por el gobierno, pasaporte, identificación militar, tarjeta LPR, licencia de conducir, etc.). Esta persona (el deudor) es responsable de garantizar que el extranjero se presente ante un oficial o representante de esta agencia siempre que se solicite.
Los bonos para extranjeros detenidos por ICE pueden pagarse en las oficinas de aceptación de bonos de ICE ERO en todo el país, de lunes a viernes (excepto días feriados) entre las 9 a.m. y las 3 p.m., hora local. Para obtener una lista de las oficinas de aceptación de bonos de ICE ERO más cercanas a usted o para obtener información sobre bonos, haga clic aquí. Debe tener el apellido del detenido y el número de registro del extranjero antes de llamar. Formas aceptables de pago para pagar un bono son giros postales, cheques de caja o cheques certificados. En todos los bonos de $10,000 o más, el único método de pago aceptado es un solo cheque de caja o cheque certificado. Deben hacerse pagaderos a "U.S. Department of Homeland Security" o "Immigration and Customs Enforcement."
Presentar un formulario G-28
Formularios G-28 presentados en nombre de no ciudadanos detenidos en esta instalación ahora pueden ser aceptados a través de la plataforma en línea ERO eFile. El personal de la instalación no tendrá acceso a ERO eFile en este momento; representantes legales deben descargar copias de sus formularios G-28 presentados para cualquier visita legal en persona o remota.
Visitas de Familiares y Amigos
Detenidos de nivel medio alto y alto de ICE (Medium High & High)
Sábados y Domingos: 1 p.m. - 3 p.m.
Detenidos de nivel bajo y medio bajo de ICE (Low & Medium Low)
Sábados y Domingos: 3 p.m. - 5 p.m.
Detenidos en unidad de albergue restringida de ICE
Sábados y Domingos: 5 p.m. - 6 p.m.
- Visitas durante días de semana están disponibles 7 días a la semana de 12 p.m. - 10 p.m. al enviarle una solicitud al administrador. A pesar de que hacemos todo lo posible para acomodar tales visitas, estas están sujetas a disponibilidad de la sala de visitas y los requisitos de seguridad de la instalación.
- A los detenidos se les asigna una hora para visitas. Más tiempo puede ser autorizado por el administrador auxiliar de la instalación para familiares viajando distancias significativas, dependiendo del número de visitantes y personal disponible. Formularios de solicitud están localizados en el interior de los dormitorios para que detenidos hagan la petición. Un máximo de dos adultos y dos niños pueden visitar en un momento dado. Esta regulación será interpretada flexiblemente y está sujeta a excepciones.
- Para garantizar suficiente tiempo para procesar a visitantes por seguridad, todo visitante debe llegar 45 minutos antes del horario programado de la visita.
- Visitantes adultos deben presentar una tarjeta de identificación emitida por el Gobierno que sea verificable y válida para ingresar a la instalación.
- Menores de edad que estén visitando la instalación deberán estar acompañados por un guardián adulto (de 18 años o mayor). Los menores no pueden ser dejados desatendidos en la sala de espera, sala de visita o en cualquier otra área.
Visitas de Abogados
Los representantes legales de los detenidos están autorizados para visitar a sus clientes durante las siguientes horas:
7 días a la semana, 8 a.m. - 10 p.m.
Una lista de organizaciones que ofrecen servicios legales gratuitos será fijada en todas las unidades de vivienda de los detenidos y en áreas apropiadas. La lista será actualizada cada tres meses. Es responsabilidad del detenido si desea contactar a un representante o asistente legal de esas organizaciones para solicitar una cita.
Visitas de Funcionarios
Los funcionarios consulares pueden reunirse con sus conciudadanos detenidos a cualquier hora. Se recomiende que anticipadamente se hagan los arreglos con el Supervisor de Deportación y que los funcionarios consulares traigan sus credenciales autorizadas cuando entren al centro de detención. El número de teléfono de contacto del Supervisor de Deportación de ICE encargado del centro es (318) 335-7500.
Visitas con un Clérigo
Un clérigo puede visitar a los detenidos a cualquier hora, pero debe de hacer arreglos por adelantado con la Oficina del Capellán al (575) 824-0440.
Restricciones para las Visitas
- Todas las visitas familiares o sociales son de no contacto.
- No se permiten ningún tipo de armas en el centro.
- No se permitirá el acceso a visitantes que estén o parezcan estar embriagados.
- Todos los visitantes están sujetos a ser requisados mientras están dentro del centro.
- No se le permite a los visitantes pasar o tratar de pasar algún artículo a un detenido.
- No se permite que los visitantes lleven ningún artículo en el área de visitas.
Procedimiento de Requisa (Antes o durante todas las visitas)
Todos los individuos que accedan al centro de detención o área de visita estarán sujetos a registro corporal, una inspección de sus pertenencias, y una requisa con un detector de metal. Los individuos que se nieguen a cooperar con una requisa razonable no serán admitidos. No se permiten armas de fuego o ningún tipo de armas. No se permiten dispositivos electrónicos (teléfonos celulares, busca personas, radios, etc.) en las áreas de seguridad de este centro.
Las cartas enviadas a los detenidos deberán incluir los últimos cuatro dígitos del número de extranjero del detenido (A-number en inglés), además del nombre y dirección del remitente. Para mejorar la seguridad del centro de detención, toda correspondencia recibida será sujeta a inspección para ver si tiene contrabando. Al abrir el correo, el oficial sólo lo examina, no lo lee. Los detenidos pueden cerrar y enviar sus cartas desde el centro. Se les ha proporcionado un recipiente donde las pueden colocar. Toda correspondencia recibida será entregada al detenido, y la que se envía se llevará a la oficina de correos apropiada dentro de 24 horas después de recibirse por el personal del centro. Un horario para recoger o entregar la correspondencia se fijará en todas las unidades de vivienda.
Los detenidos pueden comprar estampillas. Generalmente no hay un límite para la cantidad de correspondencia que pueden mandar a costo suyo. Se les otorgará un límite de estampillas al costo del gobierno a los detenidos indigentes (aquellos que no tienen ingresos financieros o fondos en la cuenta del centro de detención).
Sólo enviamos la correspondencia legal a los detenidos que han salido del centro o han sido transferidos a otro centro. La correspondencia general será marcada “Regrese al remitente” y reenviada a la oficina de correos.
Si los detenidos reciben fondos por correo, se llevarán al área de tramitación para que el dinero sea colocado en sus cuentas. El oficial les dará un recibo por el dinero antes de depositarlo en sus cuentas. Se les advierte a los detenidos que no se les envíe efectivo por correo.
Con la aprobación del Oficial de Deportación de ICE, un detenido puede recibir artículos que se han determinado ser necesarios para el solo propósito de viajar o de liberación de la custodia de la agencia. Antes de enviarles paquetes a los detenidos, contacte al Agente Supervisor de Inmigración en el centro al:
(575) 824-0404
26 McGregor Range Road
Chaparral, NM 88081
Es de anotar que a los detenidos que son removidos de los Estados Unidos se les permite una pieza pequeña de equipaje. Si el detenido no la tiene, se puede enviar/entregar después de haber recibido una aprobación del Oficial Supervisor de Deportación. Por favor se le informa que por razones de seguridad, no se aceptan dispositivos electrónicos (teléfonos celulares, máquinas de afeitar eléctricas, computadoras portátiles, radios etc.).
La instalación tiene una responsabilidad de proteger la privacidad y otros derechos de los detenidos y miembros del personal. Por tanto, las entrevistas serán reguladas para garantizar la operación ordenada y segura de la instalación. Típicamente, entrevistas para la televisión o radio en vivo no serán permitidas en la instalación. Para preguntas de la prensa sobre actividades, operaciones o políticas de ICE, contacte a la Oficina de Relaciones Públicas de ICE: ICEMedia@ice.dhs.gov.
Entrevistas Personales
El representante de los medios de comunicación que quiera llevar a cabo una entrevista con un detenido, debe hacer la solicitud por escrito a la sucursal de la Oficina de Detención y Deportación de El Paso, indicando que está familiarizado con el acuerdo que le proporcionaron los empleados del centro para cumplir con las normas y reglamentos del centro de detención.
El Consentimiento del Detenido
Un detenido tiene el derecho de no ser entrevistado, fotografiado, o grabado por un medio de comunicación. El representante tiene que obtener un permiso del detenido por escrito antes de entrevistarlo, fotografiarlo, o grabarle la voz.
Todas las solicitudes sobre la Ley Libre Acceso a la Información y Protección de la Privacidad tienen que ser presentadas en el formulario G-639 (Solicitud a la Ley de Libre Acceso a la Información/Protección de la Privacidad) o en un formato de carta. Todas las solicitudes deben contener la firma original y ser notariadas por el individuo en cuestión. Por favor diligencie correctamente el formulario G-639 y si escribe una carta, asegúrese de incluir el nombre completo, y otros nombres que se utilizan, fecha y lugar de nacimiento, el Número de extranjero (A-Number) de la persona cuya información usted está buscando, como también su nombre completo, su dirección y su número de teléfono por si tenemos que contactarnos con usted si tenemos alguna pregunta.
Envíe su solicitud sobre la Ley de Libre Acceso a la Información y Protección de la Privacidad (FOIA) a:
U.S. Immigration and Customs Enforcement
Freedom of Information Act Office
800 North Capitol Street, NW, Room 585
Washington, D.C. 20536
Número de Teléfono: 1-866-633-1182
Correo Electrónico: ICE-FOIA@dhs.gov
Nos esforzamos por suministrar calidad en el servicio a las personas que están bajo nuestra custodia, así como a sus familias, amigos y representantes oficiales. Queremos saber si los servicios prestados cumplen con nuestra responsabilidad, o exceden sus expectativas. Para hacer comentarios sobre los servicios que se han proporcionado en esta oficina, por favor escriba a:
Field Office Director, Enforcement and Removal Operations
U.S. Immigration and Customs Enforcement
1545 Hawkins Blvd
El Paso, TX 79925
Si usted cree que ha sido maltratado por un empleador de ICE o un empleador de servicios contratados y desea poner una queja de mala conducta, usted puede:
Contactar al Director de la sucursal al:
Field Office Director, Enforcement and Removal Operations
U.S. Immigration and Customs Enforcement
1545 Hawkins Blvd
El Paso, TX 79925
(915) 225-0885
Escriba a la Oficina de Responsabilidad Profesional:
Director, Office of Professional Responsibility
U.S. Immigration and Customs Enforcement
500 12th Street, SW
Suite 1049
Mailstop 5099
Washington, DC 20536-5005
Contacte al Centro de Coordinación de Integridad (ICC, por sus siglas en inglés):
1-833-4ICE-OPR
ICEOPRIntake@ice.dhs.gov
También puede contactar al Departamento de Seguridad Nacional, Oficina del Inspector General:
DHS Office of Inspector General
Attn: Office of Investigations - Hotline
245 Murray Drive, Building 410 Stop: 2600
Washington, DC 20528
Número de Teléfono: 1-800-323-8603
Fax: 202-254-4292
DHSOIGHOTLINE@DHS.GOV