- Contactar a un detenido
- Información jurídica y sobre el proceso
- Horario de Visitas
- Envíos para los detenidos
- Los Medios de Comunicación y la Prensa
- FOIA
- Observaciones y Reclamos
Si necesita información sobre un detenido que está alojado en esta instalación de detención, puede llamar al (760) 618-7200, dentro del horario de 8 a.m. y 4 p.m. Cuando llame, por favor tenga lista toda la información biográfica del detenido, incluyendo el nombre y apellidos compuestos o algún alias que él o ella utilice, fecha y país de nacimiento.
Los detenidos no pueden recibir llamadas telefónicas. Si necesita comunicarse con un detenido para dejar un mensaje urgente, debe llamar al (760) 618-7200 y dejar el nombre completo del detenido, el número de registro de extranjero (A-Number) de éste(a), su nombre y su número de teléfono. Se le dará su mensaje al detenido.
Tribunal de Inmigración
Para información sobre un asunto relacionado con el Tribunal de Inmigración, puede llamar al 1-800-898-7180 para comunicarse con ellos directamente. Formularios que el juez de inmigración solicite, incluyendo la solicitud para alivio de remoción, tienen que ser presentados ante el tribunal de inmigración directamente.
Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés)
Para información sobre un asunto relacionado con la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), puede llamar al (703) 605-1007 donde puede recibir información automatizada o hablar con un representante durante horas hábiles.
Lista de representantes legales que ofrecen servicios gratuitos a nivel nacional →
Para pagar un Bono de Entrega
Los bonos de entrega se emiten cuando una persona ha sido tomada bajo la custodia de ICE y puesta en procedimientos de deportación mientras está en los Estados Unidos. La persona que paga el bono debe presentar una prueba de identidad valida (identificación con foto emitida por el gobierno, pasaporte, identificación militar, tarjeta LPR, licencia de conducir, etc.). Esta persona (el deudor) es responsable de garantizar que el extranjero se presente ante un oficial o representante de esta agencia siempre que se solicite.
Los bonos para extranjeros detenidos por ICE pueden pagarse en las oficinas de aceptación de bonos de ICE ERO en todo el país, de lunes a viernes (excepto días feriados) entre las 9 a.m. y las 3 p.m., hora local. Para obtener una lista de las oficinas de aceptación de bonos de ICE ERO más cercanas a usted o para obtener información sobre bonos, haga clic aquí. Debe tener el apellido del detenido y el número de registro del extranjero antes de llamar. Formas aceptables de pago para pagar un bono son giros postales, cheques de caja o cheques certificados. En todos los bonos de $10,000 o más, el único método de pago aceptado es un solo cheque de caja o cheque certificado. Deben hacerse pagaderos a "U.S. Department of Homeland Security" o "Immigration and Customs Enforcement."
Presentar un formulario G-28
Formularios G-28 presentados en nombre de no ciudadanos detenidos en esta instalación ahora pueden ser aceptados a través de la plataforma en línea ERO eFile. El personal de la instalación no tendrá acceso a ERO eFile en este momento; representantes legales deben descargar copias de sus formularios G-28 presentados para cualquier visita legal en persona o remota.
Visitas de Familiares y Amigos
- Visitas se llevan a cabo de miércoles a domingo entre la 1:00 p.m. y 9:00 p.m. Aunque hacemos todo lo posible para acomodar dichas visitas, éstas están sujetas a disponibilidad del cuarto de visitas y requisitos de seguridad de la instalación.
- A cada detenido se le asigna una hora para visitas. Más tiempo puede ser autorizado por el(la) alcaide(sa) adjunto(a) para familiares que viajan distancias significativas, dependiendo del número de visitantes y disponibilidad del personal. Un máximo de dos adultos y dos niños pueden visitar a la vez. Esta regulación se interpretará flexiblemente y es sujeta a excepciones.
- Con el fin de garantizar suficiente tiempo para procesar visitantes por seguridad, todos los visitantes deben llegar 45 minutos antes de su hora programada.
- Visitantes adultos deben presentar una tarjeta de identificación válida y verificable emitida por el gobierno para entrar a la instalación.
- Menores de edad que visiten la instalación deben ser acompañados por un tutor adulto (mayor de 18 años). Menores no pueden quedarse solos en la sala de espera, sala de visitas o en cualquier otra área.
Visitas de Abogados
Abogados y/o paralegales pueden visitar a los detenidos siete días a la semana, incluyendo días feriados.
Una lista de organizaciones que ofrecen servicios legales gratuitos será publicada en todas las unidades de alojamiento de detenidos y otras áreas apropiadas. Esta lista se actualizará cada tres meses. Es la responsabilidad del detenido contactar a esas organizaciones para solicitar una cita si desea ver a un representante o paralegal.
Videoconferencia
Representantes legales pueden solicitar reuniones por videoconferencia (VTC, por sus siglas en inglés) o llamadas legales confidenciales con sus clientes o clientes potenciales mediante el correo electrónico IRDF.VV@mtctrains.com. El supervisor de la biblioteca jurídica del IRDF le contestará por correo electrónico con una fecha y horario confirmado. Por favor, vea el folleto (en inglés) para más detalles.
El correo electrónico debe incluir:
- El nombre completo del representante legal
- Información de contacto del representante legal, incluyendo número(s) de teléfono, dirección de correo electrónico
- Nombre del detenido
- Número de extranjero (alien number) del detenido
- Varios horarios/fechas propuestas para la sesión VTC solicitada
- Una copia escaneada de identificación emitida por el gobierno del representante legal
- Una copia escaneada de la identificación o documentación del representante legal reflejando su estatus como un representante legal activo, tal como la tarjeta del colegio de abogados estatal, licencia de abogado, licencia de asistente jurídico u otro estatus legal similar
- Una copia escaneada del formulario G-28 de DHS del abogado (a menos que esta sea una sesión previa a representación)
- Si un asistente jurídico es el único representante legal que se unirá a la llamada, el correo electrónico también debe tener adjunto una carta de autorización con encabezado del bufete/organización y una copia escaneada de la identificación del asistente jurídico
Representantes legales también pueden programar reuniones VTC o llamadas marcando el (760) 618-7200 extensión 111.
Todas las citas VTC o llamadas deben ser hechas 24 horas antes del horario deseado para la cita. Las citas son programadas de 8 a.m. - 4 p.m. y son de 30 a 60 minutos en duración. Los representantes legales no están limitados al número de citas VTC que pueden solicitar, pero no se le permite a ningún representante legal una cita de más de 60 minutos de duración en un solo día con un detenido.
Las mismas directrices para visitas abogado/cliente en persona aplicarán a reuniones VTC y llamadas legales. Sólo representantes legales, asistentes jurídicos e intérpretes serán permitidos; ningún familiar o amigo del cliente es permitido. El/la abogado(a) y/o sus agentes pueden contactar a servicios de interpretación externos durante la llamada o sesión. Las sesiones serán confidenciales; un oficial de visitas estará estacionado fuera del cuarto confidencial para garantizar la seguridad al estar parado fuera del alcance de escucha, pero a la vista. El oficial tocará la puerta 5 minutos antes del tiempo límite.
Visitas Virtuales de Abogados - Guía Para Abogados
Visitas de Funcionarios Consulares
Funcionarios consulares pueden reunirse con sus conciudadanos detenidos en cualquier momento. Sólo se solicita que se hagan los arreglos anticipadamente con el oficial supervisor de deportación cuando sea posible y que los funcionarios consulares traigan sus credenciales apropiados cuando vengan a la instalación. Puede comunicarse con el oficial supervisor de deportación para esta instalación por teléfono al (760) 336-4601.
Visitas del Clérigo
Clérigos pueden visitar a los detenidos en cualquier momento, pero deben hacer arreglos con antelación con la Oficina del Capellán.
Restricciones de Visitas
- No habrá contacto físico en ninguna visita familiar o social.
- No se permiten ningún tipo de armas en la instalación.
- No se le permitirá el acceso a visitantes que estén o parezcan estar embriagados.
- Todos los visitantes son sujetos a registro/búsqueda mientras se encuentren dentro de la instalación.
- No se le permite a los visitantes pasar o tratar de pasar algún artículo a los detenidos.
- No se permite que los visitantes lleven ningún artículo al área de visitas.
Procedimientos de Registro/Búsqueda (antes de o durante todas las visitas)
Todos los individuos que soliciten acceso a la instalación o el área de visitas están sujetos a una inspección manual de su persona, inspección de sus pertenencias y a registro con un detector de metales. Individuos que se nieguen a cooperar con una inspección razonable no serán admitidos. No se permiten armas de fuego u otro tipo de armas. Tampoco se permiten dispositivos electrónicos (teléfonos celulares, buscapersonas, radios, etc.) en las áreas seguras de esta instalación.
Cartas enviadas a los detenidos deben incluir los últimos cuatro dígitos del Número del Expediente de Extranjero del detenido (A-number file number,en inglés), además del nombre y dirección del remitente. Para mejorar la seguridad de la instalación, toda correspondencia recibida ésta sujeta a inspección para detectar contrabando. La correspondencia no se lee al abrirse, sino que sólo es inspeccionada por el oficial responsable de entregarla. Detenidos pueden enviar correo desde la instalación, sellar correspondencia saliente y colocarla en el recipiente proporcionado. Toda correspondencia recibida se le entregará al detenido, mientras que toda correspondencia saliente será enviada a la oficina postal apropiada en un plazo de 24 horas tras su recibo por personal de la instalación. Un horario de recogida y entrega de correspondencia es publicado en todas las unidades de alojamiento.
A los detenidos se les permite comprar sellos postales. Generalmente no existe limitación en cuanto a la cantidad de correspondencia que los detenidos pueden enviar por cuenta propia. Se les otorgará una provisión de sellos postales (cubierto por el gobierno) a detenidos indigentes (aquellos que no tienen apoyo financiero y sin fondos en su cuenta con la instalación).
Cuando detenidos salen de la instalación o son transferidos a otra, sólo les reenviamos correspondencia legal. Correspondencia general será marcada “devuelva al remitente” y devuelta a la oficina postal.
Si los detenidos reciben fondos por correo, éstos se llevarán al área de tramitación para que el dinero sea depositado en sus cuentas. El oficial encargado le dará un recibo de los fondos recibidos. Se les advierte a los detenidos que no hagan que les envíen dinero en efectivo por correo.
Un detenido puede recibir artículos que se determinen ser necesarios con el único fin de viajar o ser puesto en la libertad por la agencia con la aprobación del oficial de deportación de ICE.
Antes de enviar paquetes a detenidos, contacte al alcaide de la instalación:
Imperial Regional Detention Facility Warden
1572 Gateway Road
Calexico, CA 92231
Tome en cuenta que se les permite una pieza pequeña de equipaje a detenidos que serán removidos de los Estados Unidos. Si el detenido no la tiene, dicha pieza de equipaje se le puede enviar/entregar tras recibir aprobación del oficial supervisor de deportación. Por favor recuerde que por razones de seguridad, no se aceptarán dispositivos electrónicos (teléfonos celulares, máquinas de afeitar eléctricas, computadoras portátiles, radios etc.).
La instalación tiene una responsabilidad de proteger la privacidad y otros derechos de los detenidos y miembros del personal. Por tanto, las entrevistas serán reguladas para garantizar la operación ordenada y segura de la instalación. Típicamente, entrevistas para la televisión o radio en vivo no serán permitidas en la instalación. Para preguntas de la prensa sobre actividades, operaciones o políticas de ICE, contacte a la Oficina de Relaciones Públicas de ICE: ICEMedia@ice.dhs.gov.
Entrevistas Personales
Un representante de los medios de comunicación que desee llevar a cabo una entrevista con un detenido debe solicitarla por escrito al despacho local de la Oficina de Detención y Deportación en San Diego, indicando su familiaridad con y aceptación de las normas y regulaciones de la instalación como sean proporcionadas a tal persona por el personal.
Consentimiento del Detenido
Un detenido tiene el derecho de no ser entrevistado, fotografiado o grabado por los medios de comunicación. Antes de entrevistar, fotografiar o grabar la voz de un detenido, el representante de los medios que visita debe obtener un permiso por escrito de dicho individuo.
Todas las solicitudes de la Ley de Libertad de Información y Ley de Confidencialidad de Información tienen que ser presentadas mediante el formulario G-639 (Solicitud de la Ley de Libre Acceso a la Información/ Ley de Confidencialidad de Información) o en forma de carta. Toda solicitud debe contener la firma original, protocolizada por un notario, del individuo en cuestión. Por favor complete el formulario G-639 cuidadosamente y, si escribe una carta, asegúrese de incluir el nombre completo, cualquier otro(s) nombre(s) utilizado(s), fecha y lugar de nacimiento y Número de Registro de Extranjero (A-Number, en inglés) de la persona cuya información usted está buscando – como también su nombre completo, dirección y número de teléfono para poder contactarlo si tenemos alguna pregunta.
Envíe su solicitud de la Ley de Libertad de Información (FOIA) o Ley de Confidencialidad de Información a:
U.S. Immigration and Customs Enforcement
Freedom of Information Act Office
800 North Capitol Street, NW, Room 585
Washington, D.C. 20536
Número de Teléfono: 1-866-633-1182
Correo Electrónico: ICE-FOIA@dhs.gov
Nos esforzamos por ofrecer un servicio de calidad a las personas que se encuentran bajo nuestra custodia, así como a sus familias, amigos y representantes oficiales. Si cree que no hemos cumplido con nuestro compromiso, nos gustaría saberlo.
Para enviar comentarios sobre los servicios prestados en esta oficina, por favor escriba a:
Field Office Director, Enforcement and Removal Operations
U.S. Immigration and Customs Enforcement
880 Front Street, Suite 2232
San Diego, CA 92101
Si cree que ha sido maltratado por un empleado de ICE o empleado por contrato y desea enviar una queja por mala conducta, puede contactar al director de la oficina de campo:
Field Office Director, Enforcement and Removal Operations
U.S. Immigration and Customs Enforcement
880 Front Street, Suite 2232
San Diego, CA 92101
Escriba a la Oficina de Responsabilidad Profesional:
Director, Office of Professional Responsibility
U.S. Immigration and Customs Enforcement
500 12th Street, SW
Suite 1049
Mailstop 5099
Washington, DC 20536-5005
Contacte al Centro de Coordinación de Integridad (ICC, por sus siglas en inglés):
1-833-4ICE-OPR
ICEOPRIntake@ice.dhs.gov
También puede contactar al Departamento de Seguridad Nacional, Oficina del Inspector General:
DHS Office of Inspector General
Attn: Office of Investigations - Hotline
245 Murray Drive, Building 410 Stop: 2600
Washington, DC 20528
Número de Teléfono: 1-800-323-8603
Fax: 202-254-4292
DHSOIGHOTLINE@DHS.GOV