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Arrestos en áreas protegidas y tribunales

Directiva del DHS: Acciones Policiales en o cerca de Áreas Protegidas (20 de ene. de 2025)

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) emitió una directiva el 20 de ene. de 2025 —Acciones Policiales en o cerca de Áreas Protegidas— para el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. (ICE, por sus siglas en inglés) y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP, por sus siglas en inglés), la cual sustituye y rescinde el memorando del mismo título del DHS del 27 de oct. de 2021, que determinaba que ciertos lugares requieren protección especial contra la aplicación de las leyes de inmigración de Estados Unidos.

La directiva del DHS Acciones Policiales en o cerca de Áreas Protegidas del 20 de ene. de 2025 reconoce que “oficiales frecuentemente ejercen discreción policial para equilibrar una variedad de intereses, incluyendo el grado en que cualquier acción policial ocurra en un lugar sensible. De ahora en adelante, oficiales del orden público deben continuar utilizando esa discreción junto con una buena dosis de sentido común”.

Guía provisional del ICE: Acciones de Control Migratorio Civil en o cerca de Tribunales (21 de ene. de 2025)

El 21 de ene. de 2025, el ICE emitió una guía provisional, Acciones de Control Migratorio Civil en o cerca de Tribunales. Según esta guía provisional, oficiales o agentes del ICE pueden llevar a cabo acciones de control migratorio civil en o cerca de tribunales cuando tengan información creíble que los lleve a creer que el extranjero o los extranjeros en cuestión están o estarán presentes en un lugar específico, y cuando dicha acción no esté prohibida por las leyes impuestas por la jurisdicción en la que se llevará a cabo la acción de control migratorio civil.

Los oficiales o agentes del ICE deben coordinar con el despacho local correspondiente de la Oficina del Asesor Jurídico Principal (OPLA, por sus siglas en inglés) del ICE antes de llevar a cabo acciones de control migratorio civil en o cerca de tribunales para determinar si limitaciones legales específicas aplican en la jurisdicción.

Las acciones de control migratorio civil en o cerca de tribunales deben, en la medida que sea posible, continuar siendo realizadas en áreas no públicas del tribunal, llevarse a cabo en colaboración con el personal de seguridad del tribunal y utilizar las entradas y salidas no públicas del edificio del tribunal.

Cuando sea posible, oficiales y agentes del ICE llevarán a cabo acciones de control migratorio civil contra los extranjeros objetivo de manera discreta para minimizar su impacto en procedimientos judiciales.

Los oficiales y agentes del ICE generalmente deben evitar acciones policiales en o cerca de tribunales, o en áreas dentro de los tribunales que estén completamente dedicadas a procedimientos no penales —por ejemplo, tribunales de familia y tribunales de reclamos menores. Cuando una acción policial sea operativamente necesaria en las situaciones anteriores, se requiere la aprobación del director de la oficina de campo, el agente especial encargado o su funcionario designado respectivo antes de efectuar la acción policial.

La guía también describe las responsabilidades del director de la oficina de campo y el agente especial encargado.

A los efectos de la guía provisional del ICE Acciones de Control Migratorio Civil en o cerca de Tribunales, una acción de control migratorio civil es cualquier acción realizada por un oficial o agente del ICE para detener, arrestar, entrevistar o registrar a un extranjero en relación con el control de violaciones migratorias administrativas. Esta política no aplica al control migratorio penal dentro de tribunales.

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